Según un artículo publicado en Templo Consulting es muy aconsejable elevar un contrato privado a público para obtener una mayor seguridad jurídica. De esta forma, se podrán evitar una serie de inconvenientes, como perder el bien en propiedad.
Esto podría ocurrir si un vendedor vende la vivienda en dos ocasiones. Solo quien tenga su contrato elevado a público podrá disfrutar de la casa. El otro comprador, aunque haya adquirido la vivienda primero, si su contrato no ha sido elevado a público, perderá el derecho a esta. Aunque podrá demandar al vendedor por daños y prejuicios y recuperar su dinero.
La elevación de un contrato privado a público se puede realizar cerrando la venta en notaría. Además, una vez hecho este trámite, será posible inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.
Otro dato a tener en cuenta es que, en la notaría, habrá que abonar la tasa correspondiente.
Una vez que la vivienda aparezca en el Registro de la Propiedad y esté a nuestro nombre en un contrato público, constaremos como propietarios legítimos desde el primer momento en que se pudiera producir algún problema.
También hay que saber que para que un contrato privado se eleve a público, hay que contar con el original o los originales.
Con las herencias, también puede darse el caso de elevar un contrato. Si se hereda la propiedad a través de un contrato privado, los herederos pueden necesitare regular esta situación. Para ello, deberán demostrar que son los herederos del antiguo propietario mediante la documentación oportuna.
Asimismo, es posible elevar a público un contrato verbal. Siempre que el vendedor y comprador así lo soliciten en la notaría.
Más información en Templo Consulting.
Más info: https://www.inmonews.es/elevar-un-contrato-privado-a-publico/